A partir del 1 de junio del corriente entrará en vigencia el nuevo valor del Factor de Correlación del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) para garantizar una adecuada cobertura en caso de siniestros ambientales.
El Seguro Ambiental Obligatorio es una herramienta esencial en la gestión de riesgos ambientales en nuestro país. Su propósito es salvaguardar los recursos naturales, la biodiversidad y la salud de las personas, así como también promover la responsabilidad de las empresas en la prevención y mitigación de daños ambientales.
El Factor de Correlación del Seguro Ambiental Obligatorio es un valor que monetiza los posibles incidentes en función de los riesgos ambientales asociados a las actividades de las empresas. Este valor se revisa anualmente para adaptarlo a las condiciones actuales del mercado y los costos de remediación, tomando el valor de la Unidad Retributiva como variable de reajuste.
La implementación de este nuevo valor representa el compromiso firme y decidido de AlbaCaución y de las autoridades competentes para proteger nuestro entorno a través de una remediación completa del área afectada y promover la responsabilidad ambiental en todos los sectores de la economía.
Como empresa líder en el mercado asegurador, AlbaCaución reafirma su compromiso con la sostenibilidad y la protección del medio ambiente, trabajando estrechamente con sus clientes y empresas vinculadas a este producto para garantizar una gestión responsable de los riesgos ambientales y contribuir al desarrollo sostenible de nuestra sociedad.
Para más información sobre el nuevo valor del Factor de Correlación del Seguro Ambiental Obligatorio, visite la web saoalbacaucion.com y descargue el formulario MMES para realizar el nuevo cálculo de suma asegurada.
El pasado 24 de abril, la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN), publicó la polémica Resolución SSN 217.2024, por la cual las pólizas de seguro ya no podrán incluir el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios, sino limitarse a hacerlo únicamente para los casos en los que se trate de remolque por siniestros como por daño, incendio, robo o hurto.
De este modo, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre “traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto”, tal como se expresó en el texto oficial.
De acuerdo con la resolución, la nueva reglamentación deberá entrar en vigencia en un plazo máximo de 90 días, con lo cual el 24 de julio próximo comenzaría a regir indefectiblemente para las nuevas contrataciones de todas las compañías de seguros, en tanto las pólizas que tengan fecha de vencimiento posteriores a esa fecha, cambiarán sus condiciones de servicio al ser renovadas.
Actualmente, el mercado de seguros tiene unos 12.000.000 de pólizas con asistencia, y el promedio mensual es de 180.000 servicios, lo que representa casi 6.000 acarreos o asistencias por día. De esos servicios, apenas entre el 10 y el 15% corresponden a siniestros como accidentes o incendios, y el resto son desperfectos mecánicos.
MEDINA ALMENDRA PABLO DANIEL - 2994054383
Pablo Daniel Medina MAT: 76747 MC Broker