Seguros para empresas
Seguro de maquinaria pesada para contratistas en Neuquén y Vaca Muerta
Excavadoras, grúas, autoelevadores y equipos viales sobre ripio, viento y polvo. Te ordenamos qué cubre realmente tu póliza antes del siniestro.
Qué es y qué resuelve
El seguro de maquinaria pesada para contratistas —o TREC, por Todo Riesgo Equipos de Contratistas— cubre el daño material de tus equipos móviles mientras trabajan, se trasladan o están detenidos en la locación. No es una extensión del seguro de la base ni una póliza de vehículo: es un contrato aparte.
El equipo hace cientos de kilómetros de ripio hasta Añelo o Rincón de los Sauces y lo opera personal que rota. El miedo de fondo del contratista es enterarse después del siniestro de que la póliza no cubría lo que él creía.
Cobertura limitada
Paga solo los eventos nombrados: incendio, robo, a veces rayo o granizo. Si el hecho no está en la lista, no hay cobertura. Sirve para equipos de bajo valor o guardados casi todo el año.
Todo riesgo operativo
Invierte la lógica: cubre todo daño súbito e imprevisto salvo lo excluido expresamente. Vuelco, colisión en camino interno, caída en una zanja, golpe en la maniobra de carga. Para un equipo que produce todos los días, es la cobertura que corresponde.
Qué cubre y qué no cubre
Lo que sí cubre
- Daño súbito e imprevisto durante la operación.
- Vuelco, colisión y golpes en caminos internos.
- Incendio, explosión y rayo.
- Robo y hurto total, y parcial si se contrata.
- Viento, granizo e inundación, según lo contratado.
- Equipo en tránsito, con cláusula específica.
- Equipos electrónicos y de medición, con sección propia.
Lo que no cubre
- Desgaste natural, corrosión y deterioro gradual.
- Fallas por mantenimiento deficiente.
- Operación por personal no habilitado.
- Daños preexistentes al inicio de la póliza.
- Lucro cesante por paralización, salvo cobertura aparte.
- Neumáticos, orugas y filtros, salvo siniestro cubierto.
- Daños a terceros: van por la responsabilidad civil para empresas.
Los cuatro puntos donde se cae la cobertura
Tránsito y operación no son lo mismo
Muchas pólizas cubren la máquina en operación, dentro de las locaciones declaradas, y no mientras viaja arriba del carretón. El traslado va con cláusula de tránsito: preguntá si cubre carga y descarga y hasta dónde llega el radio. Si lo que viaja es carga y no equipo propio, corresponde el seguro de transporte de hidrocarburos y cargas.
Rotura de maquinaria
Es el daño que la máquina se hace a sí misma por causa interna: falla eléctrica o mecánica, sobrecarga, falta de lubricación, error de operación. No hay accidente externo, y por eso no viene incluida por defecto en el todo riesgo operativo: un motor fundido queda afuera salvo que sumes la sección. Además excluye lo atribuible a mantenimiento deficiente, así que el plan de servicio documentado sostiene el reclamo.
Valor a nuevo, valor depreciado e infraseguro
A valor a nuevo se indemniza lo que cuesta hoy un equipo nuevo equivalente. A valor de reposición depreciado se descuentan antigüedad y estado: en una máquina de diez años cobrás una fracción de lo que sale reemplazarla. El valor a nuevo suele tener tope de antigüedad y prima más alta.
El infraseguro es el error más caro. Si declarás una suma por debajo del valor real, la compañía indemniza en la misma proporción: máquina asegurada por la mitad de lo que vale, daño parcial pagado por la mitad. Pasa sin mala fe, por inercia de renovación mientras el equipo se revalúa. Revisá las sumas una vez al año.
Equipos alquilados o de terceros
Manda el contrato de alquiler. Puede asegurar el locador y trasladarte el costo, puede exigirte que asegures vos poniéndolo como beneficiario, o puede hacerte responsable del equipo sin decir nada del seguro, que es el peor caso. En los dos últimos necesitás cubrir bienes de terceros bajo tu custodia.
A quién le aplica
- Empresa de perforación o workover con equipos propios rotando entre locaciones de Añelo y Rincón de los Sauces.
- Contratista vial o de movimiento de suelos con excavadoras y cargadoras en caminos de acceso a locación de pozo.
- Empresa de izaje con grúas móviles y autoelevadores que presta servicio a operadoras.
- PyME con dos o tres máquinas que necesita acreditar cobertura ante la contratista principal.
- Empresa con equipos electrónicos y de medición caros: registradores e instrumental de ensayo.
Qué documentación se necesita
- Listado de equipos con marca, modelo, año y número de serie o chasis.
- Valor de cada equipo: factura, cotización de reposición o tasación.
- Actividad de cada máquina y zonas de operación.
- Guarda fuera de horario: predio propio, obrador, campamento, intemperie.
- Plan de mantenimiento y quién lo ejecuta.
- Contratos de alquiler, si hay equipos de terceros.
- Siniestralidad de los últimos tres años.
Cómo es el proceso
- Relevamiento del parque. Equipo por equipo: qué hace, dónde opera y cuánto vale hoy. Es el paso que evita el infraseguro.
- Cotización comparada. Coberturas, exclusiones, franquicias y prima de cada compañía, una al lado de la otra. Unos días hábiles según la cantidad de equipos.
- Definición de la cobertura. Elegís el alcance, si sumás rotura de maquinaria, tránsito y equipos electrónicos, y el criterio de indemnización.
- Emisión y seguimiento. El listado queda vivo: cada alta, baja o cambio de valor se endosa. Si hay siniestro, el expediente lo llevamos nosotros.
Preguntas frecuentes
¿La póliza cubre el equipo mientras lo traslado entre locaciones?
Solo si tiene cláusula de tránsito. Muchas cubren la máquina en operación dentro de las locaciones declaradas y no arriba del carretón.
¿La rotura de maquinaria viene incluida en el todo riesgo operativo?
No, salvo que se contrate como sección adicional. El todo riesgo operativo cubre el daño de causa externa; la rotura, el que la máquina se hace a sí misma por falla interna.
Si mi máquina tiene diez años, ¿me pagan lo que sale una nueva?
Depende del criterio de valuación. A valor a nuevo, sí; a valor de reposición depreciado se descuentan antigüedad y estado. El valor a nuevo suele tener tope de antigüedad.
¿Qué es el infraseguro y por qué me pagarían menos?
Es declarar una suma por debajo del valor real del equipo. La compañía indemniza en la misma proporción: asegurado por la mitad de lo que vale, un daño parcial se paga por la mitad.
¿Quién tiene que asegurar un equipo alquilado?
Lo define el contrato de alquiler: puede asegurar el locador, puede exigirte que asegures vos como beneficiario, o puede hacerte responsable sin mencionar el seguro. En esos dos casos cubrís bienes de terceros bajo tu custodia.
¿Qué exclusiones sorprenden más cuando llega el siniestro?
El desgaste natural, las fallas por mantenimiento deficiente, la operación por personal no habilitado y los daños preexistentes. Las tres primeras se previenen con registro documentado.
¿Cuánto cuesta y qué franquicia tiene?
No hay un número único. Prima y franquicia dependen del equipo, su valor y antigüedad, la actividad, la zona, la guarda y la compañía. Por eso empezamos por el listado.
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La información de esta página es de carácter general y orientativo. Las
obligaciones concretas de cada empresa dependen de su actividad, su jurisdicción y
del contrato o pliego aplicable. Para un análisis de tu caso, escribinos: te
responde Daniel Medina, Productor Asesor de Seguros matriculado en la
Superintendencia de Seguros de la Nación bajo el N° 76.747.
